Istita'a

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Al-Istiṭā'a (en árabe: اَلاِستِطاعَة) es un término en la jurisprudencia islámica que se refiere a la capacidad física y financiera para realizar el Hayy, una condición bajo la cual el Hayy sería obligatorio para las personas.
El Hayy es una de las obras fundamentales del Islam y quien renuncie a esta obra obligatoria a pesar de tener la habilidad de realizarla, ha cometido un grave pecado. El Hayy es obligatorio, al menos una vez en la vida para cualquier persona musulmana que tenga la habilidad y la posibilidad de realizarlo. El Hayy obligatorio se llama “Hayyat al-Islam”.
Según la mayoría de los sabios shiítas, la capacidad de realizar el Hayy depende de algunos factores tales como poseer los costos del viaje, el hecho de no existir obstáculos o amenazas en el camino, tener la habilidad física para llevar a cabo los ritos del Hayy, tener el tiempo suficiente para llegar a La Meca y realizar los ritos del Hayy, tener lo suficiente para poder proveer a su familia, y tener alguna propiedad, negocio o trabajo con los cuales el peregrino pueda cumplir con los gastos de la vida diaria después de su regreso de la Meca.

Significado literal y específico

La palabra "istita'a" es un término árabe que significa tener la habilidad de hacer algo. En la jurisprudencia islámica, este término en su sentido general se refiere al poder de realizar los deberes religiosos, y en su sentido específico, se refiere al poder de realizar los rituales del Hayy. [1]

En el Corán

Según el Corán, el Hayy se convierte en un deber religioso obligatorio para una persona que tiene istita'a o capacidad para realizar el viaje del Hayy:[2]

Así, la peregrinación a la Casa (de Dios) es un deber impuesto por Dios a todos aquellos que son capaces de realizarlo. (Corán, 3: 97)

Condiciones del Istita’a

Según las fatwas de los sabios shiítas las condiciones del Istita'a son las siguientes:

Capacidad Económica

El Hayy es obligatorio para una persona que además de poseer lo necesario para el viaje, tenga suficiente dinero para cubrir las necesidades de su vida[3] tales como casa (propia o alquilada), muebles, vehículo, etc. en la medida que cubra sus necesidades habituales (sin la necesidad de que sean lujosas).
Según las fatwas, el Hayy no es obligatorio para quien no posee lo suficiente para ir a La Meca; aunque pueda conseguir un préstamo. Si alguien, sin tener la capacidad económica, pide un préstamo para ir al Hayy, su peregrinación es válida pero no valdrá como el Hayy obligatorio.

  • Si alguien gasta el dinero de las necesidades de su vida por ir al Hayy, su peregrinación es válida pero no valdrá como el Hayy obligatorio.
  • Si una persona necesita casarse y tiene una cantidad de dinero que no es suficiente para ambos, el Hayy y el matrimonio, puede usar su dinero para los gastos del matrimonio, y el Hayy no le es obligatorio.
  • Si un deudor tiene lo suficiente para ir al Hayy, pero en caso de devolver sus deudas no tendrá suficiente dinero para el Hayy, el Hayy no le es obligatorio, salvo que el acreedor no tenga prisa, y el deudor esté seguro de que será capaz de pagar sus deudas después de volver del Hayy.[4]
  • El Hayy es obligatorio para una persona que posea lo suficiente para los costos del viaje del Hayy tales como el pasaporte, la visa, el pasaje y los documentos médicos. Si una persona no tiene suficiente dinero para pagar estos costos, no le será obligatorio realizar el Hayy.
  • Aquellos a quienes se les ofrece ir al Hayy para servir en los grupos y caravanas o para otras tareas, aunque ellos mismos no paguen los costos del Hayy, su peregrinación valdrá como el Hayy obligatorio, a condición de que tengan suficiente dinero para cubrir los gastos de sus familias durante su ausencia.
  • Si una persona que ha tenido la capacidad de hacer el Hayy pospone su viaje y más tarde pierde su capacidad física, debe contratar a otra persona para que realice el Hayy en su nombre.
  • No está permitido realizar el Hayy con dinero ilícito o el dinero cuyo Jums no ha sido pagado. Si el dinero usado para la ropa de Ihram, y los costos del sacrificio y las facilidades para permanecer en Arafat y Mina es ilícito, según la precaución esta peregrinación es inválida.[5]

La posibilidad de ir al Hayy sin obstáculos o amenazas en el camino

Si una persona, en el mismo año que obtiene la capacidad económica, se inscribe en los grupos y caravanas del Hayy o prepara los medios de su viaje, pero no logra ir al Hayy debido a un obstáculo, no le será obligatorio ir al Hayy hasta que se elimine el obstáculo.[6] Sin embargo, si existen otros medios y caminos debe probarlos.

Capacidad Física

Una persona que ha tenido la capacidad de hacer el Hayy y pospone su viaje, y más tarde pierde su capacidad física debido a la vejez o una enfermedad, debe contratar a otra persona para que realice el Hayy en su nombre. Pero, si hay la posibilidad de que recupere su salud, debe esperar y realizarlo en persona. Sin embargo, si fallece durante este tiempo, sus herederos deben usar una parte de su patrimonio para contratar a otra persona para que realice el Hayy en su nombre. [7]

Tener tiempo suficiente

Si alguien se inscribe para ir al Hayy y muere antes de que llegue su turno, o pierde su capacidad física, no le será obligatorio realizar el Hayy, a condición de que esto fuese la única vía para ir al Hayy.[8]

Tener lo suficiente para poder proveer a la familia

El Hayy no es obligatorio para aquellos que no tienen lo suficiente para poder proveer a sus cercanos que viven bajo su tutoría (i.e. familia) durante su viaje. [9]

Tener la capacidad de cumplir con los gastos de la vida después del regreso del Hayy

El peregrino que quiere realizar el Hayy obligatorio debe tener alguna propiedad, negocio o trabajo con los cuales pueda cumplir con los gastos de la vida diaria después de su regreso de la Meca, de tal manera que después de su regreso, no tenga dificultades serias en su vida.
Si una mujer tiene una propiedad con la cual puede cubrir los costos del viaje del Hayy, pero en caso de gastarla para ir al Hayy, no le queda más dinero para cumplir con los gastos de la vida después de su regreso y no tiene un tutor (i.e. esposo) que le provea sus necesidades, no le será obligatorio ir al Hayy.[10]

Otras condiciones necesarias para que el Hayy se convierta en obligatorio

Además de la capacidad física y financiaría, para que el Hayy se convierta en obligatorio, la persona debe cumplir con otras condiciones, entre ellas:

  • La pubertad: Si una persona menor de edad, lograse realizar los ritos del Hayy, su peregrinación es considerada válida pero no valdría como el Hayy obligatorio. Por lo tanto, esta persona, después de llegar a la edad de pubertad, debe realizar otra vez el Hayy obligatorio, a condición de que tenga la habilidad de realizarlo después de su pubertad.
  • Estar cuerdo: El Hayy es obligatorio para aquellos que son de sano juicio, por lo tanto, el Hayy no es obligatorio para los dementes.
  • No verse obligado a cometer una desobediencia a Dios: Otra condición importante para poder relizar el Hayy es que el peregrino no se vea obligado a dejar de cumplir con una obligación más importante o cometer algo ilícito, mediante la realización del Hayy. [11]

Referencias

  1. Enciclopedia del Instituto de Jurisprudencia Islámica, 1390, vol. 1, p. 457
  2. Ameli, Madrak al-Ahkam, 1411 H, vol. 7, p. 34
  3. Nayafi, Yawahar al-Kalam, vol. 17, págs. 248, 254, 255, 273 y 274; Bani Hashemi Jomeini, Towzih al-Masa’il, 1424 H, vol. 2, p. 185
  4. Fallahzadeh, los rituales del Hayy, 1426 H, p. 11
  5. Makarem Shirazi, Ritos del Hayy
  6. Nayafi, Yawahar al-Kalam, vol. 17, págs. 279 y 281; Bani Hashemi Jomeini, Towzih al-Masa’il, 1424 H, vol. 2, p. 185
  7. véase: Nayafi, Yawahar al-Kalam, vol. 17, págs. 279 y 281; Bani Hashemi Jomeini, Towzih al-Masa’il, 1424 H, vol. 2, p. 185
  8. Nayafi, Yawahar al-Kalam, vol. 17, págs. 279 y 281; Bani Hashemi Jomeini, Towzih al-Masa’il, 1424 H, vol. 2, p. 185
  9. Makarem Shirazi, Ritos del Hayy
  10. Makarem Shirazi, Ritos del Hayy
  11. Makarem Shirazi, Ritos del Hayy

Bibliografía

  • Ameli, Muhammad ibn Ali, Madarek al-Ahkam, Beirut, Al-Bayt, primera edición, 1411 H.
  • Bani Hashemi Jomeini, Seyyed Mohammad Hassan, Towzih al-Masa'il Maraye', Qom, Publicaciones Islámicas, octava edición, 1424 H.
  • Enciclopedia de Jurisprudencia Islámica, Qom, Instituto de Enciclopedia de Jurisprudencia Islámica, tercera edición, 1390. S.
  • Falahzadeh, Mohammad Hussein, Ritos seleccionados del Hayy, Qom, Musharraf, 1426 H,
  • Makarem Shirazi, Naser, Ritos del Hayy, Madrese Amir al-Mu’minin, Qom.
  • Nayafi, Mohammad Hassan, Yawahar al-Kalam fi Sharh Sharia al-Islam, Beirut, Dar Al-Ihyaa Al-Turath Al-Arabi, séptima edición, 1404 H.