Custodia

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La custodia en el Islam se refiere a la tutela y el mantenimiento de los niños inmaduros y de los que no son capaces de mantenerse a sí mismos. Este mantenimiento puede incluir una serie de asuntos y cuestiones como el domicilio, la crianza, la alimentación y la vestimenta adecuada.

Según las leyes prácticas del Islam, la custodia de un niño es responsabilidad de ambos padres siempre y cuando vivan juntos, y en caso de haber divorcio, según la fatwa de la mayoría de los sabios, la custodia de una niña hasta la edad de siete años y de un niño hasta la edad de dos años será de la madre y después de este período el padre debe asumir la custodia de los niños.

Significado

La Custodia (en árabe: حضانه) es un término en la jurisprudencia islámica que hace referencia a la responsabilidad de cuidar de los niños, mantenerlos, educarlos y proporcionarles los artículos necesarios para vivir, como el domicilio, el alimento y la vestimenta.[1]En los libros de la jurisprudencia islámica, este tema se discute generalmente en el capítulo del matrimonio y el divorcio.[2] El tema de la custodia de los niños, puede incluir las siguientes subcategorías:

  • El período de custodia,
  • La transferencia del derecho de custodia,
  • Los requisitos de las personas que asumen la custodia
  • La custodia de los niños huérfanos.

Período de custodia

Según las leyes prácticas del Islam, El derecho de la custodia de los niños varía tomando en consideración la edad y el sexo de cada uno de ellos.

La custodia de un niño es responsabilidad de ambos padres siempre y cuando vivan juntos.[3] Sin embargo en caso de haber divorcio y los padres se separen, la custodia de los hijos, ya sean varones o hembras, corresponde a la madre hasta la edad de dos años;[4]. Después de este período, según la mayoría de los sabios[5], la custodia de las hembras permanece con la madre hasta los siete años, y luego se entrega al padre; Pero la custodia de los hijos varones se transfiere al padre después de que cumplen los dos años.[6]

Es de hacer notar que cuando los niños alcanzan la edad de pubertad y el desarrollo intelectual para mantenerse y protegerse a sí mismos, termina el tiempo de custodia de los padres.[7]

Visitar a los niños durante el periodo de custodia

Según las fatwas, cada uno de los padres que se convierte en el tutor de los niños no puede impedir que el otro los visite[8] o los ayude.[9]

La transferencia del derecho de custodia=

Algunos sabios consideran que como la custodia es un derecho, está permitido transferirla a otra persona.[10]

Si la madre no acepta asumir la custodia de sus hijos durante el período de 2 años, el derecho de custodia se transfiere al padre; pero si ambos se niegan, es una obligación para el padre aceptar la custodia de sus hijos.[11]

Los requisitos de las personas que asumen la custodia

  • El que asume la custodia de los niños, ya sea hombre o mujer, en primer lugar debe ser musulmán. Si uno de los padres no es musulmán, no puede asumir la custodia de los niños.[12]
  • El tutor de los niños debe ser cuerdo y de sano juico. También tener la capacidad para cuidar a los niños.[13]
  • Según las fatwas, si la madre se casa nuevamente durante el tiempo de la custodia de los hijos, el período de custodia termina automáticamente, y no puede asumir la custodia de los hijos nacidos de su esposo anterior.[14]
  • Según las leyes del Islam, después del divorcio, los gastos pecuniarios de todos los hijos deben ser asumidos por el padre. La madre no tendrá ninguna responsabilidad al respecto.[15]

Custodia de los huérfanos

Cuando uno de los padres del niño muere, el derecho de custodia se transfiere al otro.[16] En caso de que un niño pierda a ambos padres, la custodia se transfiere al abuelo paterno.[17] Si el niño no tiene abuelo paterno, de acuerdo con la opinión de los sabios, el derecho de custodia se transfiere a otros parientes depende de su cercanía familia. Según algunas fatwas, después de los padres, el derecho de custodia queda solo en la familia paterna.[18]

Custodia de un huérfano que no tiene ningún pariente para asumir su tutela

Si un huérfano no tiene ningún pariente paterno para asumir su tutela, los sabios islámicos, o el gobierno islámico deberán designar a alguien como el tutor del niño, y si el niño no tiene ninguna propiedad, su custodia es una obligación del tipo Kifa’i para los musulmanes. En otras palabras, es un acto obligatorio que si algunos musulmanes lo realizan en forma suficiente y completa, las demás personas no necesitarán realizarlo.[19]

Según las fatwas, la custodia de los niños nacidos ilegítimamente es responsabilidad de sus verdaderos progenitores.[20]

Referencias

  1. Nayafi, Yawahir al Kalam, 1404 H, vol.31, p.283.
  2. Enciclopedia del Instituto de la Jurisprudencia Islámica, Farhang Fiqh, 1387, vol.3, p.309.
  3. Instituto de la Enciclopedia Islámica, Farhang Fiqh, 1387, vol.3, p.309.
  4. Al-lame Hil-li, Qawa’id al-Ahkam, 1413 H, volumen 3, página 102.
  5. Nayafi, Yawahir al Kalam, 1404 H, vol.31, p.290.
  6. Muhaqqiq Hil-li, Sharye’ al-Islam, 1408 H, volumen 2, página 289; Al-lame Hil-li, Al-Qawa’id al-Ahkam, 1413 H, volumen 3, página 102.
  7. Al-lame Hil-li, Al-Qawa’id al-Ahkam, 1413 H, volumen 3, págs. 101 y 102; Emam Jomeini, Tahrir al-Wasila, Dar al-Ilam, volumen 2, página 313.
  8. Makarem Shirazi, Esftataat, 1427 H, vol.2, p.362.
  9. Bahyat, Towzih al-Masa’il, 1430 H, 393 y 394.
  10. Shahid Sani, al-Rawda al-Bahiyah, 1410 H, vol.5, 464; Tabatabai, Riaz al-Masa’il, 1418 H, volumen 12, Nayafi, Yawahir al-Kalam, volumen 1404 H, página 162; Tomo 31, págs. 283 y 284.
  11. Shahid Awwal, Al-Qawa’id wa al-Fawa’id, 1400 H, Vol.1, p.396.
  12. Muhaqqiq Hil-li, Sharye’ al-Islam, 1408 H, volumen 2, página 289.
  13. Sistani, Minhay al-Salehin, 1417 H, vol.3, págs. 121 y 122.
  14. Muhaqqiq Hil-li, Sharye’ al-Islam, 1408 H, volumen 2, página 290; Nayafi, Yawahir al Kalam, 1404 H, vol.31, p.292.
  15. Sistani, Minhay al-Salehin, 1417 H, vol.3, p.122.
  16. Nayafi, Yawahir al Kalam, 1404 H, vol.31, p.293.
  17. Nayafi, Yawahir al Kalam, 1404 H, vol.31, p.295.
  18. Nayafi, Yawahir al-Kalam, 1404 H, volumen 31, páginas 295 y 296; Bahrani, al-Hadaeq al-Nazira, 1405 H, volumen 25, página 97.
  19. Bahrani, al-Hadaeq al-Nazira, 1405 H, volumen 25, página 97.
  20. Bahyat, Esftataat, 1430 H, vol.4, p.133; Fayyaz, Towzih al-Masa’il, 1426 H, página 563; Makarem Shirazi, New Estefta’at, 1427 H, vol.1, p.364.

Bibliografía

  • Al-lame Hil-li, Hasan Ibn Yussef, Qawa’id al-Ahkam fi Marafah al-Halal wa Haram, Qom, Entesharat Eslami, primera edición, 1413 H.
  • Ameli, Muhammad Ibn Ali, Nahayat al-Maram, Qom, Entesharat Eslami, primera edición, 1411 H.
  • Bahrani, Yussef, al-Hadaiq al-Nazira, Qom, 1405 H.
  • Bahyat, Mohammad Taqi, Towzih al-Masa’il, Qom, oficina del ayatolá Bahyat, primera edición, 1430 H.
  • Bani Hashemi Jomeini, Towzih al-Masa’il Maraye, Qom, Entesharat Eslami, octava edición, 1424 H.
  • Emam Jomeini, Sayyed Ruhollah, Tahrir al-Wasila, Qom, Dar al-Ilam.
  • Fayyaz, Mohammad Is-haq, Towzih al-Masa’il, Qom, Maylisi, primera edición, 1426 H.
  • Instituto de la Enciclopedia de Jurisprudencia Islámica, Farhang Fiqh, Qom, 1387 s.
  • Makarem Shirazi, Nasser, Esftataat, Qom, publicado por la Escuela Ali Ibn Abi Talib, 1427 H.
  • Muhaqqiq Hil-li, Ya’far Ibn Hasan, Sharaye’ al-Islam fi al-halal wa haram, Qom, Ismailian, segunda edición, 1408 H.
  • Nayafi, Mohammad Hassan, Yawahir Al Kalam, editado por Mahmud Quchani, Teherán, Darul Kitab al-Islamiya, 1404 H.
  • Shahid Awwal, Muhammad Ibn Makki, Al-Qawa’id wa al-Fawa’id, investigado por Sayyed Abd al-Hadi Hakim, Qom, Mufid, primera edición, 1400 H.
  • Shahid Sani, Zain al-Din Ibn Ali, al-Rawda al-Bahiyyah fi Sharh al-Luma’ al-Damishqiyya, cometario del Sayyed Muhammad Kalantar, Qom, Librería Mufid, primera edición, 1410 H.
  • Sistani, Sayyed Ali, Minhay al-Salehin, Qom, quinta edición, 1417 H.
  • Tabatabaei, Sayyed Ali, Riaz al-Masa’il, Qom, Instituto Alul-Bait, primera edición, 1418 H.