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Suicidio

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El suicidio (en árabe: الانتحار)es el acto de terminar conscientemente con la propia vida. Este acto es considerado reprobable tanto en las religiones divinas como en la mayoría de las escuelas éticas y jurídicas.

Los juristas musulmanes consideran el suicidio un pecado grave y prohibido. Sin embargo, en algunas fuentes jurídicas islámicas se menciona que el suicidio puede estar permitido en casos de extrema necesidad o cuando existe un interés mayor, como la preservación de la vida de otros musulmanes. Asimismo, según el dictamen (fatwa) de algunos juristas, las operaciones de martirio están permitidas si tienen como objetivo infligir daño al enemigo del islam o defender a los musulmanes.

Entre las normas relacionadas con el suicidio, se encuentran: La imposición de sanciones a quien colabore en un suicidio y la invalidez del testamento del suicida.

Importancia del tema

El fenómeno del suicidio ha captado la atención de muchas religiones celestiales y sistemas jurídicos, y se han hecho esfuerzos por combatirlo.[1] Por otro lado, algunos pensadores, basándose en el derecho a la libertad, la voluntad y el libre albedrío del ser humano, han reconocido el derecho al suicidio. Sin embargo, en la mayoría de las religiones divinas, así como en las escuelas éticas y jurídicas, este acto es considerado reprobable, y es considerado un delito y un pecado.[2]

El suicidio se considera uno de los fenómenos más trágicos y una de las calamidades sociales más importantes que afectan a las sociedades humanas.[3] Según las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud, el suicidio es una de las diez principales causas de muerte en la mayoría de los países del mundo,[4] y la tercera causa de muerte entre los adolescentes.[5]

La prevalencia del suicidio se ha relacionado con varios factores, como: trastornos psicológicos y emocionales,[6] la preocupación por el honor y la presión derivada de normas sociales y religiosas,[7] factores familiares como el divorcio y la desintegración familiar,[8] daños sociales,[9] debilidad en las creencias religiosas y alejamiento de la espiritualidad.[10]

Conceptualización

El suicidio se entiende comúnmente como el acto de poner fin a la propia vida de manera consciente y voluntaria.[11] Según las definiciones jurídicas e islámico-jurídicas, el suicidio es considerado un acto voluntario realizado por una persona racional con el fin de quitarse la vida. A diferencia del homicidio, en el suicidio la figura del agresor y la de la víctima se juntan en una misma persona.[12]

Tipos

El suicidio puede realizarse de dos formas: 1. Activa: Cuando la persona realiza una acción directa para quitarse la vida, como herirse con un arma blanca o de fuego, ingerir sustancias letales o lanzarse al vacío. 2. Pasiva: Cuando el individuo provoca su muerte mediante la omisión, como dejar de comer o beber, o rechazar tratamientos médicos esenciales para su supervivencia.[13]

Asimismo, al igual que en el homicidio, el suicidio puede clasificarse según la intención del sujeto en: 1. Suicidio intencional (voluntario): Acto realizado con plena conciencia y firme determinación de acabar con la propia vida. 2. Suicidio accidental (no intencional): Situación en la que, sin existir un propósito genuino de morir, la persona lleva a cabo una conducta que, de manera imprevista, resulta en su fallecimiento.[14]

La prohibición del suicidio en el Islam y otras religiones

Los eruditos musulmanes clasifican el suicidio como uno de los pecados capitales y consideran a quien se suicida como un pecador.[15] Los juristas Shiitas están unánimemente de acuerdo sobre su prohibición.[16] Además, el suicidio ha sido condenado tanto por el juicio de la razón[17] como por la conducta general de los sabios y personas sensatas.

Según la interpretación de algunos exégetas, el Corán prohíbe el suicidio.[18] Uno de los versículos relevantes es el versículo 29 de la Sura al-Nisa', donde se dice: “Y no os matéis a vosotros mismos”. Los estudiosos como el erudito Ardabilí[19] y Naser Makarem Shirazi[20] interpretan este versículo como una prohibición directa del suicidio. Asimismo, la expresión: “Y no os arrojéis con vuestras propias manos a la destrucción”, en el versículo 195 de la Sura al-Baqara, ha sido entendida como una advertencia contra cualquier acto que ponga en peligro la vida humana.[21] Otros versículos también han sido citados como evidencia coránica contra el suicidio, tales como el pacto de Dios con los Bani Israel de no derramar su propia sangre (Sura al-Baqara, versículo 84) y la prohibición de matar a una persona inocente (Sura al-Ma'ida, versículo 32).[22]

En las narraciones también se menciona la prohibición del suicidio y el castigo para quien lo comete. Según una narración del Profeta del Islam (PBD), quien se suicide será castigado en el Día del Juicio con el mismo instrumento con el que se quitó la vida, y permanecerá habitando el Infierno para siempre.[23] Asimismo, en otra narración del Imam Sadigh (P) se menciona que el suicidio intencional conlleva la condena al fuego del Infierno.[24]

Religiones y otras doctrinas

Según el gran exégeta Tabatabai en su obra “Al-Mizan”, el suicidio es categóricamente prohibido en todas las religiones y sistemas de ley divina.[25] En la fe judía, el suicidio es considerado un acto gravemente censurable, hasta el punto de que tradicionalmente se prohíbe enterrar a quienes han cometido suicidio en la sección principal de los cementerios judíos.[26] El cristianismo, por su parte, condena igualmente esta acción en la Biblia,[27] equiparándola al asesinato y negando en muchas tradiciones eclesiales los ritos funerarios completos para quienes han puesto fin a su vida voluntariamente.[28] Incluso en la antigua Grecia, el suicidio era visto como una acción impropia del ciudadano virtuoso.[29]

Reglas jurídicas sobre el suicidio

Las disposiciones legales relativas al suicidio en las fuentes jurídicas islámicas se abordan principalmente en los capítulos sobre homicidio intencional y testamentos.

Participación en el suicidio

Existen dos posturas principales respecto a la participación en un suicidio: por un lado, algunos jurisconsultos consideran que el partícipe debe ser sometido a la pena de qisas (retribución), incluso si la familia de la víctima paga la mitad de la diyya (compensación económica); por otro lado,[30] otros estudiosos argumentan que, dado que la víctima tuvo un rol activo en su propia muerte, el cómplice no debería recibir la pena, limitándose únicamente al pago de la compensación.[31]

Eutanasia y suicidio

Según el decreto de los jurisconsultos, si un enfermo consume medicamentos para acabar con su vida, esto se considera suicidio y es prohibido.[32] Una forma de eutanasia es proveer al paciente con medicamentos para que él mismo decida terminar con su vida.[33]

Sobre el cumplimiento del testamento del suicida

Según la jurisprudencia islámica, debe cumplirse el testamento realizado por una persona antes de suicidarse. Sin embargo, si el testamento fue hecho después de autoinfligirse heridas mortales, no es obligatorio acatarlo.[34]

Posiciones jurídicas sobre el suicidio en situaciones excepcionales

El marco jurídico islámico contempla discusiones sobre la permisibilidad del suicidio en circunstancias extremas.[35] Algunos juristas destacados _ como los ayatolás Makarem Shirazi y Hossein Ali Montazeri _ han considerado lícito este acto cuando un Musulmán, capturado por el enemigo, enfrenta torturas insoportables que podrían llevarlo a revelar información crucial y causar un perjuicio mayor a la comunidad islámica.[36] Asimismo, ciertas interpretaciones jurídicas equiparan con el martirio casos donde el suicidio busca cumplir un objetivo superior, como ataques contra enemigos del Islam o la defensa de musulmanes, considerándolo una forma de yihad defensiva.[37]

Los jurisconsultos también han tratado cuestiones como la no exención de responsabilidad del suicida aunque haya coacción[38] y la exclusión de la compensación[39] en ciertos casos.

Referencias

  1. Shahidi, “Suicidio”, pág. 33.
  2. Durkeim, suicidio, 1378 H, págs. 149-159; Mohseni, Sociología de desviaciones sociales, 1386 H, págs. 202-209; Golabbajsh y Kazemi, “suicidio”, pág. 403.
  3. Key nia, Fundamentos de Criminología, 1376 H, tomo 1, págs. 429-454.
  4. Rezaian, “Prevención del suicidio en los países en desarrollo”, pág. 441.
  5. Carnelson, Tratamiento de problemas de jóvenes y adolescentes, 1376 H, pág. 246.
  6. Shariati Roudsari, “suicidio y las causas y...(2)”, pág. 45; Ahmadzadeh, “El suicidio y sus causas”, pág. 43.
  7. Ahmadzadeh, “suicidio y sus causas”, pág. 43.
  8. Shariati Roudsari, “suicidio y las causa y ...(3)”, págs. 18-19.
  9. Shariati Roudsari, “suicidio (1)”, pág. 44.
  10. Shariati Roudsari, “suicidio, y las causa y ... (3)”, págs. 21-22; Rezaian, Epidemiología del suicidio, pág. 1978.
  11. Anvari, Farhang Bozorg Sojan, Zaill Wajeh; Amid, persa Farhang Amid, Zail wajeh.
  12. Meshkini, Mostalahat al- Figh, 1419 H, pág. 91; Aqai Niya, Derecho penal especializado: crímenes contra las personas, 1389 H, págs. 24-28; Nuri, “suicidio”, págs. 82 y 83; Gholabbajsh y Kazemi, “suicidio”, págs. 402-403.
  13. Meshkini, Mostalahatul – Figh, 1419 H, pág. 91.
  14. Muhaqqiq Damad, Figh de Pazeshki, 1391 H, págs. 197-198.
  15. Mishkini, Mostalahat al– Figh, 1419 H, pág. 91.
  16. Nayafi, Gavahir al-Kalam, 1404 H, tomo 36, pág. 370; Sobhani, Arrasael al - Arba, 1415 H, tomo 2, pág. 167.
  17. Sobhani, Arrasael al – Arba, 1415 H, tomo 2, pág. 198.
  18. Tabatabai, Al-Mizan, 1390 H, tomo 4, pág. 320; Ardabili, Zobdat al-Bayan, Maktaba Al-Murtazawiyya, pág. 428.
  19. Ardabili, Zobdat al-Bayan, Maktaba Al-Murtazawiyya, pág. 428.
  20. Makarem Shirazi, Tafsir Nemune, 1371 H, tomo 3, pág. 356.
  21. Tabatabai, Al-Mizan, 1390 H, tomo 2, pág. 64; Makarem Shirazi, Tafsir Nemune, 1371 H, tomo 2, pág. 36.
  22. Fajr Razi, Al-Tafsir Al-Kabir, 1420 H, tomo 3, pág. 591; Tabatabai, Al-Mizan, 1390 H, tomo 5, pág. 315; Mirzadeh, “suicidio”, pág. 314.
  23. Ibn Hanbal, Musnad Ahmad, Dar Sader, tomo 2, pág. 478; Daremi, Sunan Daremi, publicado por Dar Al-Ehya Al-Sunnah Al-Nabawi, pág. 192.
  24. Saduq, Man la Yahzuruhul Faqih, 1413 H, tomo 3, pág. 572.
  25. Al-lama Tabatabai, Al-Mizan, 1390 H, tomo 7, pág. 372.
  26. Golabbajsh y Kazemi, “suicidio”, pág. 403.
  27. Mateo, capítulo 27.
  28. Muhaqqiq Damad, Figh de Pazeshki, 1389, pág. 183; Shahidi, “Suicidio”, pág. 34.
  29. Muhaqqiq Damad, Figh de Pazshki, 1389 H, pág. 183.
  30. Al-lama Hil-li, Tahrir al-Ahkam, 1420 H, tomo 5, pág. 437.
  31. Tusi, Al-Mabsut, 1387 H, tomo 7, págs. 22-23.
  32. Montazeri, Ahkam Pazeshki, pág. 123; Qasemi, Daneshnameh Fiqh Pazshki, tiomo 3, pág. 303.
  33. Qasemi, Danshnameh Fiqh Pazshki, 1395 H, tomo 3, pág. 323.
  34. Tusi, Tahdhib al-Ahkam, 1407 H, tomo 9, pág. 207; Shahid Zani, Masalik Al-Afham, 1413 H, tomo 6, pág. 142; Nayafi, Jawahir al-Kalam, 1404 H, tomo 28, pág. 275; Imam Jomeini, Nejat al-Ibad, 1409 H, 311-312.
  35. Islami Tabar y Elahi Manesh, Cuestiones éticas de la eutanasia, págs. 207-209.
  36. Montazeri, Derasat fi wilaya al- Faghih, 1409 H, tomo 2, págs. 583-584; Makarem Shirazi, Nueva Fatwa, 1427 H, tomo 1, págs. 531-532.
  37. Montazeri, Metáforas islámicas y derechos humanos, 1429 H, pág. 92; Makarem Shirazi, Nueva Fatwa, 1427 H, tomo 3, pág. 353; Fairahi, “Una defensa legítima, la historia y las operaciones de los testimonios de Talbanah en la doctrina chiita”, págs. 113-115. 123-124; Wara'i, “Los fundamentos jurisprudenciales de las operaciones de martirio”, págs. 319-321; 329-332.
  38. Tusi, Al-Mabsut, 1387 H, tomo 7, pág. 43; Muhaqqiq Hilli, Sharia’ al-Islam, 1408 H, tomo 4, 186; Shahid Zani, Masalik Al-Afham, 1413 H, tomo 15, pág. 89.
  39. Tusi, Al-Mabsut, 1378 H, tomo 7, págs. 178-179 y 195; Ibn Idris, Al-Sara'ir, 1410 H, tomo 3, pág. 400; Tabarsi, Al-Mutalif, 1410 H, tomo 2, pág. 358.

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