Borrador:Ulu al-Amr
- Este artículo versa sobre el concepto de Ulū al-Amr. Para obtener información sobre una aleya con este mismo título, remítase a la entrada Aleya de Uli al-Amr
Ulū al-Amr (en árabe: اُوُلوالْاَمْر), que significa los poseedores de la autoridad (o los detentores del mandato), son aquellos cuya obediencia es obligatoria según la Aleya de Ulī al-Amr. Este término se encuentra en la aleya 59 de la sura an-Nisā’ (Las Mujeres). En los libros de teología (kalām) y exégesis (tafsīr) chiíes y suníes se han presentado diversas opiniones respecto a la infalibilidad (‘isma) de los Ulū al-Amr y quiénes son sus referentes.
Según la creencia Imamita (chií), el significado de la palabra Ulū al-Amr son los Imames chiíes. Sin embargo, para los suníes, sus referentes incluyen a los califas bien guiados (al-Jhulafā’ ar-Rāshidūn), los gobernantes justos y el consenso (ijmā‘). Los chiíes sostienen que, debido a que la Aleya de Ulī al-Amr enfatiza la obediencia incondicional a los Ulī al-Amr, esta aleya indica la infalibilidad (‘isma) de los poseedores de la autoridad. En cambio, la mayoría de los eruditos suníes (‘ulamā’) creen que no se puede deducir la infalibilidad de los Ulī al-Amr a partir de esta aleya.
La Aleya de Ulū al-Amr
El término Ulū al-Amr (en árabe: اُولو الْاَمْر), que significa los poseedores de la autoridad (o los detentores del mandato), se deriva de la aleya 59 de la sura an-Nisā’ (Las Mujeres), la cual establece: «¡Oh, creyentes! Obedeced a Alá, obedeced al Mensajero y a Ulī al-Amr de entre vosotros.» (Traducción de: «يا أَيهَا الَّذِينَ آمَنُواْ أَطِیعُواْ اللّهَ وَأَطِیعُواْ الرَّسُولَ وَأُوْلِی الأَمْرِ مِنکمْ») Exégetas chiíes como Faḍl ibn Ḥasan Ṭabarsī y ‘Allāmah Ṭabāṭabā’ī [1], así como los teólogos imamitas (mutakallimūn) [2], infieren la infalibilidad (‘isma) de los Ulū al-Amr a partir de esta aleya. Luego, basándose en narraciones (riwāyāt) sobre los referentes de Ulū al-Amr, argumentan a favor de la infalibilidad de los doce Imames [3].
La Infalibilidad de Ulū al-Amr
La argumentación de los chiíes respecto a la infalibilidad de Ulū al-Amr, basada en la Aleya de Ulū al-Amr, se fundamenta en que la aleya ordena la obediencia incondicional a los Ulū al-Amr [4]. Sus pruebas para esta afirmación son, por un lado, la naturaleza absoluta de la aleya, es decir, que la aleya no incluye excepción alguna después de ordenar la obediencia a los Ulū al-Amr. Por otro lado, la orden de obedecer a los Ulū al-Amr aparece en la aleya junto a la orden de obedecer al Profeta (P) [5]. Según su creencia, esto indica que, del mismo modo que se debe obedecer incondicionalmente al Profeta (P), es igualmente obligatorio obedecer a los Ulū al-Amr de la misma manera [5].
Sobre esta base, el razonamiento es el siguiente: Según la aleya, la obediencia incondicional a los Ulū al-Amr es obligatoria. Si los Ulū al-Amr no fuesen infalibles y ordenasen una acción ilícita (ḥarām), surgiría un conflicto entre dos mandatos de Dios; pues, por un lado, es obligatorio obedecer a los Ulū al-Amr y realizar la acción ilícita y, por otro, esa acción es ilícita y no se debe realizar. Por lo tanto, los Ulū al-Amr son infalibles [6].
Fajr al-Dīn al-Rāzī, uno de los sabios (‘ulamā’) suníes, también comparte esta perspectiva [7]. Sin embargo, otros sabios suníes tienen una visión diferente al respecto. Según su opinión, la Aleya de Ulū al-Amr, después de ordenar la obediencia a los Ulū al-Amr, menciona que si existiese un desacuerdo sobre un asunto, se debe remitir a Dios y al Profeta (P). Esta indicación sugiere que la obligación de obedecer a los Ulū al-Amr no es incondicional. Siempre que ellos ordenen una acción ilícita, no se les debe obedecer. Por lo tanto, según su creencia, esta aleya no indica la infalibilidad de los Ulū al-Amr [8].
En contraposición, según la creencia chií, la orden presente en la aleya ha sido expresada de tal manera que no admite excepciones; es decir, la comprensión tradicional (‘urfī) es que se debe obedecer a los Ulū al-Amr incondicionalmente, y la consecuencia necesaria de esta afirmación es su infalibilidad [9].
Los Referentes de Ulū al-Amr
En los libros de exégesis (tafsīr) chiíes y suníes se ha debatido ampliamente sobre los referentes de Ulū al-Amr [10], y existe un desacuerdo entre chiíes y suníes. Según el Hadiz de Yābir, que se encuentra en fuentes de narraciones chiíes como Kifāyat al-Athar [11] y Kamāl al-Dīn [12], los doce Imames son los referentes de Ulū al-Amr. Los chiíes también se remiten a narraciones como el Hadiz del Arca (Ḥadīth al-Safīnah) y el Hadiz de los Dos Pesos (Ḥadīth al-Thaqalayn) para probar esta afirmación [13]. Según ‘Allāmah al-Ḥillī, existen narraciones convergentes (mutawātir) de transmisores tanto chiíes como suníes que atestiguan esta cuestión [14].
Los sabios suníes (‘ulamā’) no aceptan esta perspectiva y tienen diferentes puntos de vista. Algunos consideran que Ulū al-Amr se refiere a los califas bien guiados (al-Jhulafā’ ar-Rāshidūn); otros opinan que se refiere a los eruditos religiosos; y, según otra perspectiva, sus referentes son los comandantes de las expediciones (sarāyā) [15]. Zamajsharī escribió que se refiere a todo gobernante justo que gobierna según la religión, como los califas bien guiados y los gobernantes que actúan como ellos [16]. Fajr al-Dīn al-Rāzī, debido a que, a diferencia de otros sabios suníes y al igual que los chiíes, sostiene que según la aleya es necesario que los Ulū al-Amr sean infalibles, afirma que Ulū al-Amr se refiere al consenso (ijmā‘). Su argumento es que el infalible (ma‘ṣūm) es, o bien la totalidad de la comunidad musulmana (Ummah), o bien algunos individuos de esta. Dado que hoy en día no es posible identificar a los individuos que sean infalibles, se concluye que no todos los individuos de la comunidad son infalibles. Por lo tanto, se debe decir que el infalible es el consenso de los musulmanes [17]. Su intención con el consenso (ijmā‘) son los poseedores de la autoridad para desatar y atar (Ahl al-Ḥall wa al-‘Aqd), es decir, los sabios musulmanes [18].
Referencias
- 1. Ṭabarsī, Mayma‘ al-Bayān, 1372 d. h. sh., vol. 3, págs. 100 y 101; Ṭabāṭabā’ī, Al-Mīzān, 1417 d. h. q., vol. 4, pág. 319.
- 2. Por ejemplo, véase: ‘Allāmah Ḥillī, Kashf al-Murād, 1417 d. h. q., pág. 493.
- 3. Ṭabarsī, Mayma‘ al-Bayān, 1372 d. h. sh., vol. 3, págs. 100 y 101; Ṭabāṭabā’ī, Al-Mīzān, 1417 d. h. q., vol. 4, pág. 319.
- 4. Por ejemplo, véase: ‘Allāmah Ḥillī, Kashf al-Murād, 1417 d. h. q., pág. 493; Miṣbāḥ Yazdī, Rāh va Rāhnamāshināsī, 1376 d. h. sh., pág. 206.
- 5. Véase: Miṣbāḥ Yazdī, Rāh va Rāhnamāshināsī, 1376 d. h. sh., pág. 206.
- 6. ‘Allāmah Ḥillī, Kashf al-Murād, 1417 d. h. q., pág. 493; Miṣbāḥ Yazdī, Rāh va Rāhnamāshināsī, 1376 d. h. sh., pág. 206.
- 7. Véase: Fajr al-Dīn Rāzī, Mafātīḥ al-Ghayb, 1420 d. h. q., vol. 10, pág. 113.
- 8. Véase: Taftazānī, Sharḥ al-Maqāṣid, 1409 d. h. q., vol. 5, pág. 250.
- 9. Véase: Miṣbāḥ Yazdī, Rāh va Rāhnamāshināsī, 1376 d. h. sh., pág. 207.
- 10. Por ejemplo, véase: Ṭabāṭabā’ī, Al-Mīzān, 1417 d. h. q., vol. 4, págs. 392-401; Fajr al-Dīn Rāzī, Mafātīḥ al-Ghayb, 1420 d. h. q., vol. 10, págs. 112-114; Khazzāz Rāzī, Kifāyah al-Athar, 1401 d. h. q., págs. 54-55.
- 11. [Nota: Referencia a la fuente de la narración, no mencionada por separado en las notas]
- 12. Ṣadūq, Kamāl al-Dīn, 1395 d. h. q., vol. 1, págs. 253-254.
- 13. Por ejemplo, véase: Ṭabāṭabā’ī, Al-Mīzān, 1417 d. h. q., vol. 4, pág. 399.
- 14. Véase: ‘Allāmah Ḥillī, Kashf al-Murād, 1417 d. h. q., pág. 539.
- 15. Fajr al-Dīn Rāzī, Mafātīḥ al-Ghayb, 1420 d. h. q., vol. 10, págs. 113, 114.
- 16. Véase: Zamajsharī, Tafsīr Kashshāf, 1407 d. h. q., vol. 1, pág. 524.
- 17. Véase: Fajr al-Dīn Rāzī, Mafātīḥ al-Ghayb, 1420 d. h. q., vol. 10, pág. 113.
- 18. Véase: Fajr al-Dīn Rāzī, Mafātīḥ al-Ghayb, 1420 d. h. q., vol. 10, pág. 113.
Bibliografía
- Taftazānī, Sa‘d al-Dīn Mas‘ūd ibn ‘Umar. Sharḥ al-Maqāṣid. Edición a cargo de ‘Abd al-Raḥmān ‘Umayrah. Qom: Al-Sharīf al-Raḍī, 1.ª ed., 1409 d. h. q.
- Khazzāz Rāzī, ‘Alī ibn Muḥammad. Kifāyat al-Athar fī al-Naṣṣ ‘alā al-A’immah al-Ithnay ‘Ashar (La Suficiencia del Vestigio sobre el Texto Concerniente a los Doce Imames). Corrección de ‘Abd al-Laṭīf Ḥusaynī Kūhkamarī. Qom: Bīdār, 2.ª ed., 1401 d. h. q.
- Zamajsharī, Maḥmūd. Al-Kashshāf ‘an Ḥaqā’iq Ghawāmiḍ al-Tanzīl (El Descubridor de las Realidades de las Sutilezas de la Revelación). Beirut: Dār al-Kitāb al-‘Arabī, 3.ª ed., 1407 d. h. q.
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- Ṭabarsī, Faḍl ibn Ḥasan. Mayma‘ al-Bayān fī Tafsīr al-Qur’ān (El Conjunto de la Explicación en la Exégesis del Corán). Teherán: Nāṣir Khusraw, 1372 d. h. sh.
- ‘Allāmah Ḥillī, Ḥasan ibn Yūsuf. Kashf al-Murād fī Sharḥ Tajrīd al-I‘tiqād (El Descubrimiento del Deseo en el Comentario al Abstraer la Creencia). Edición a cargo de Ḥasan Ḥasanzādah Āmulī. Qom: Daftar-i Intishārāt-i Islāmī, 7.ª ed., 1417 d. h. q.
- Fajr al-Dīn Rāzī, Abū ‘Abd Allāh Muḥammad ibn ‘Umar. Mafātīḥ al-Ghayb (Las Llaves de lo Oculto). Beirut: Dār Iḥyā’ al-Turāth al-‘Arabī, 3.ª ed., 1420 d. h. q.
- Miṣbāḥ Yazdī, Muḥammad Taqī. Rāh wa Rāhnamāshināsī (Conocimiento del Camino y del Guía). Qom: Intishārāt-i Mu’assasah-i Āmūzishī wa Pazhūhishī Imām Khumaynī, 1.ª ed., 1376 d. h. sh.